- Para los pensionados del IPS se paga junto a la pensión, sin mayor trámite. En el caso de las otras instituciones cada una determina su modalidad de pago.
A partir de este 1 de septiembre, 124 mil 882 pensionados y pensionadas de la región del Biobío, comenzarán a recibir el pago del tradicional Aguinaldo de Fiestas Patrias, lo que implica una inversión fiscal superior a los 2 mil 500 millones de pesos para la región. Para este 2020, el monto del beneficio es de $20.082 por pensionado y se incrementará en $10.303 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto del año en curso.
“En este tiempo, a pesar de que ha sido tan complejo para todos los chilenos y chilenas, el Estado quiere estar cerca de los adultos mayores y entregarles esta ayuda, para que puedan pasar en casa este 18 de septiembre, siempre cuidándose y evitando exponerse”, indicó el Intendente, Sergio Giacaman.
La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Sintia Leyton, junto al Director Regional del IPS, Gustavo Jerez, se contactaron con algunos pensionados, vía video conferencia, a quienes entregaron información sobre el pago del beneficio.
“Iniciamos septiembre con esta buena noticia para más de 124 mil pensionados del Biobío, quienes desde este primero de septiembre ya comenzaron a recibir el tradicional aguinaldo de Fiestas Patrias, lo que significa una inversión que supera los 2 mil 500 millones de pesos para nuestra región”, recalcó la Seremi, Sintia Leyton.
“Hemos generado todas las acciones para que, en el caso de los beneficiarios y beneficiarias del IPS, el aguinaldo se incluya en la liquidación de pago de pensión del mes de septiembre de 2020, antes de Fiestas Patrias”, señaló el director, Gustavo Jerez.
Tienen derecho al beneficio los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social, de las Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2020. También tienen derecho los pensionados del Sistema de AFP (DL 3.500), que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:
Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
Ante dudas, las personas pueden consultar en los canales de atención de la red ChileAtiende del Instituto de Previsión Social: redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram, www.ips.gob.cl, www.chileatiende.cl y el Call Center 101 o 600 440 0040.